Análisis del Dictamen NIA-700

 

 

Análisis del Dictamen NIA-700

 Breve reseña histórica de la evolución del dictamen hasta la actualidad.

 

Antes de emitir su opinión, el contador público debe haber aplicado previamente todas aquellas pruebas que le permitan asegurarse de la razonable con sección de los estados financieros, con el objeto de mantener la confianza que el público ha depositado en él.

En 1862, la Ley Británica de Sociedades Mercantiles reconoció de manera oficial los servicios del contador público, lo que hoy en día la profesión de Auditor se le conoce actualmente.

 En 1880, capitalistas escoceses e ingleses empezaron a invertir su dinero en el mercado de valores estadounidense, principalmente en acciones de empresas cerveceras. Con el fin de vigilar y proteger sus inversiones y comprobar la buena marcha de estas empresas, enviaron a sus auditores al otro lado del atlántico, empezando así la implantación de una nueva actividad profesional que en años posteriores habría de conocer un desarrollo extraordinario.

Como ejemplo de lo dicho en una "certificación" del año 1899 decía lo siguiente:

"Hemos auditado los libros y cuentas de la compañía X por el año acabado al 31 de Diciembre de 1899, y certificamos que, 'en nuestra opinión, el balance adjunto expone correctamente su posición al final del año mencionado, y de que la cuenta de pérdidas y ganancias adjunta es correcta."

 1900, Se convirtió en un requisito legal dicha Certificación, al establecer que un contador trabajara en forma independiente debía examinar y certificar los registros contables de las empresas por acciones.

 En 1908, se incluyen disposiciones para asegurarla independencia del auditor.

 

En 1917,  el Instituto Americano de Contadores Públicos publico un memorándum relativo a las Auditorias de Estados Financieros se publican los “métodos aprobados para la preparación de balances Generales.”

 En el  1929 se declaró el nefasto "crack financiero", panfleto titulado "Verificación de estados financieros" por parte del Federal Reserve Board.Por que culparon a contadores que auditaban a grandes empresas.

Este folleto fue revisado con el objeto de aprovechar la experiencia de los últimos años y en el por vez primera, apareció la declaración “El  auditor debe asumir la responsabilidad solo sobre la extensión del trabajo necesario".

 1933, el Presidente de la Bolsa de Nueva York crea una medida, de que todas la empresa que deseen solicitar la cotizaciones de sus acciones en dicha bolsa, deberían de acompañar un informe de auditoría de balance y cuenta de pérdidas y ganancias.

 En 1938, Modifican los procedimientos de contaduría.

 Desde 1941 hasta 1948, con el caso McKesson & Robbins, el fraude involucró órdenes de compra falsificadas, inventario inflado y efectivo de las ventas de la compañía. Se crearon otras medidas profundo estudio de los informes de los auditores independientes, a fin de introducir dentro de las reglas.

 Es decir, este dictamen tiene como defecto fundamental no considerar que las normas de auditoría son invariables  y siempre aplicables en todo trabajo que se realice.

 En 1951, el dictamen de la palabras “Aplicables en la Circunstancias “al referirse a las normas de auditoría.

1971, Se implementa lo que es el Sistema SAP es una introducción de los controles relevantes que deben ser tenidos en cuenta al momento de auditar el Ciclo de Compras dentro de SAP.

 En  consecuencia, a partir de este  momento su examen  comprenderá lo que hoy en día se denominan los "estados financieros básicos", cuya composición es la siguiente:

  1. Balance de situación.
  2. Cuenta de pérdidas y o estado de resultados de las operaciones.
  3. Estado de beneficios acumulados (reservas)
  4.  Estado de origen y aplicación de fondos o estado de cambios en la operación financiera.
  5. Notas o anexos (explicaciones, detalles y comentarios sobre ciertas cuentas, hechos, situaciones o informaciones de los anteriores estados).

En 1991, se modifica el formato de presentación del dictamen fiscal para hacer su entrega en disquete, con lo cual se inicia le era tecnológica hasta llegar al envío por Internet que hoy tenemos, este hecho que si bien, en un principio, causó malestar entre la profesión, se convirtió en factor para avanzar en el desarrollo tecnológico de nuestra actividad profesional.

  Definición de dictamen u opinión

Es un informe escrito donde el auditor emite su opinión acerca de los Estados Financieros de una entidad.

Tipos de opinión de un dictamen en auditoria 

Existen cuatro tipos de opinión en el informe del auditor independiente:

1-Opinión no modificada (Favorable)

 Opinión Modificada:

2- Con Salvedades.

3-Desfavorable (adversa).

4-Denegacion (abstención).

 

Definición  de un  dictamen positivo o limpio

Un dictamen positivo o limpio (Sin salvedad), es cuando el auditor realiza una revisión de los Estados Financieros y son presentados correctamente de acuerdo a las NIF´s, es decir no encuentran irregularidades.

 Modelo del dictamen positivo vigente y su estructura.

 

 INFORME DE AUDITORÍA EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE

A los accionistas de la Sociedad ABC (o al destinatario que corresponda). 

Opinión

Hemos auditado los estados financieros de la Sociedad ABC (la sociedad), que comprenden el estado de situación financiera a 31 de diciembre de 201X, el estado de resultado global, el estado de cambios en el patrimonio neto y el flujo de efectivo correspondiente al ejercicio terminado en dicha fecha, así

Como las notas explicativas de los estados financieros que incluyen un resumen de las políticas contables significativas.

En nuestra opinión, los estados financieros adjuntos presentan fielmente, en todos los aspectos materiales (o expresan la imagen fiel de) la situación financiera de la Sociedad al 31 de diciembre de 201X, así como  sus resultados y el flujo de efectivo correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de información Financiera (NIIF).

 Fundamentos de la opinión

 Hemos llevado a cabo nuestra auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA). Nuestras responsabilidades de acuerdo con dichas normas se describen más adelante en la sección de Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros de nuestro informe. Somos independientes de la sociedad de conformidad con los requerimientos de ética aplicables a nuestra auditoría de los estados financieros en (Jurisdicción) y hemos cumplido las demás responsabilidades de ética de conformidad con esos requerimientos. Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para nuestra opinión. 

Responsabilidades de la Dirección y los responsables del gobierno de la entidad en relación con los estados financieros

 La Dirección es responsable de la preparación y presentación fiel de los estados financieros adjuntos de conformidad con la NIIF y del control interno que la Dirección considere necesario para permitir la preparación de los estados financieros libres de incorrecciones material, debido a fraude o error.

  En la preparación en los estados financieros, la Dirección es responsable de la valoración de la capacidad de la Sociedad de continuar como empresa en funcionamiento, revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la Empresa en funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento excepto si la Dirección tiene intención de liquidar la sociedad o de cesar sus operaciones, o bien no exista otra alternativa realista. Los responsables del gobierno de la entidad son responsables de la supervisión del proceso de información financiera de la sociedad. 


Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros

Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que contiene nuestra opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con las NIA siempre detecte una incorrección material cuando existe. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran materiales si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados financieros. Una descripción más detallada de las responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros se encuentra en la página web de (nombre del organismo) en: (enlace con la página web), Esta descripción es parte integrante de nuestro informe de auditoría.

 

Firma de Auditoria

Fecha:

Dirección:


El informe debe realizarse según la siguiente estructura: 

1. Título

El informe de auditoría llevará un título que indicará con claridad que se trata del Informe de auditoría de un auditor independiente. Se debe resaltar la independencia del auditor que suscribe su opinión y que obviamente el examen se llevó a cabo de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas. No es aplicable utilizar la denominación Dictamen de los auditores externos porque no menciona la calidad de independiente que es fundamental y muy importante.

2. Destinatario

El dictamen está dirigido al primer nivel de la empresa o entidad examinada, que normalmente son los accionistas y los directores o cargos similares, que han dispuesto la contratación de los servicios profesionales de auditores independientes. En casos especiales, la auditoría se practica a determinada empresa o entidad y el dictamen se dirige a la entidad que efectuó el contrato, como suele ser el caso de los organismos internacionales que contratan directamente los servicios de los auditores independientes para examinar determinado proyecto o entidad. Es importante mencionar que la razón social debe ser la misma que figura en la escritura de constitución y documentación oficial y no siglas comerciales.

3. Opinión del auditor

La primera sección del Informe de auditoría contendrá la opinión de la auditoría y tendrá por título “Opinión”.

 El Informe de auditoría independiente tiene como fin proporcionar al lector un informe sobre lo que el auditor ha concluido de su revisión técnica de los Estados financieros y sus notas acerca de si se han aplicado las normas contables y legales que le corresponden a la compañía.

4. Fundamentos de la opinión

En esta parte del Informe del auditor independiente se indica que la auditoría se llevó a cabo de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría, se referencia la sección del informe de responsabilidad del auditor de acuerdo con las NIA, se incluye una declaración de que el auditor es independiente de la entidad y se manifiesta que la evidencia de auditoría obtenida es suficiente y adecuada en opinión del auditor.

5. Empresa en funcionamiento

Este párrafo del informe se incluirá solo si el auditor, de acuerdo a su trabajo, detecta que los Estados financieros preparados por la entidad no concuerdan o no deben ajustarse con unos Estados financieros bajo el principio de negocio en marcha (intención de la entidad o la capacidad de la misma para continuar la operación).

6. Responsabilidad con respecto a los Estados financieros

En esta sección se hace referencia a la responsabilidad que tiene la Dirección (el gobierno de la entidad) sobre la presentación de los Estados financieros de acuerdo con la regulación de cada país, el control interno adecuado y la valoración de la capacidad de la compañía de continuar con la operación normal del negocio.

7. Responsabilidad del auditor en relación con la auditoría de los Estados financieros

En esta sección se describe el objetivo del auditor, se incluye una descripción de la importancia relativa y, si el auditor lo considera pertinente, mencionará cuestiones clave de la auditoría que hayan requerido atención especial del auditor.

8. Otras responsabilidades de la información

En caso de que el auditor cumpla con la responsabilidad de reportar otra información diferente a las indicadas en la NIA, se deben tratar en una sección separada del Informe de auditoría titulada “Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios”, y en el caso que las otras cuestiones se refieran a los mismos temas de la NIA se pueden tratar en la misma sección separando los otros temas de los contemplados en la NIA.

9. Nombre del socio a cargo

El nombre del socio del compromiso de auditoría se debe incluir en el Informe de auditoría de las entidades que reportan un conjunto completo de Estados financieros con fines generales de entidades que cotizan en bolsa, a excepción de los casos donde tal mención derive en riesgos para la integridad del auditor y tal circunstancia deberá ser informada al gobierno de la entidad.

10. Firma, dirección del auditor y fecha del Informe de auditoría

 La firma es la del contador público (CP) que suscribe el informe y la firma de auditores a la cual pertenece, de presentarse esta situación. La fecha será la del último día del trabajo en las oficinas de la empresa auditada y debe comprender los hechos subsecuentes a la fecha del dictamen de los Estados financieros, de acuerdo con normas de auditoría y procedimientos que se aplican normalmente. 

 Informe de Lectura NIAs surgidas/modificadas a partir del dictamen vigente (excepto la NIA 705 y 706). 

 El Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento o IAASB ,definió un nuevo modelo de dictamen de auditoría, debido por las crisis financieras y al requerimiento de inversionistas.

Las principales modificaciones del  nuevo dictamen de auditoría se resumen a continuación:

 

Ø  Se ha modificado el orden en que aparecen las secciones del Dictamen de Auditoría, colocándose al inicio del Dictamen la opinión del auditor.

Ø  Comunicación de las cuestiones claves de auditoría (KAM, Key Audit Matters) de las empresas que cotizan en bolsa, con el fin de proporcionar mayor transparencia sobre los asuntos más significativos.

Ø  Se debe incluir descripciones específicas surgidas durante el proceso de auditoría.

Ø  Se incluye conclusiones explícitas sobre el uso adecuado de la base contable de negocio en marcha en la elaboración de los estados financieros.

Ø  Mayor transparencia en cuanto a la independencia del auditor y sus responsabilidades.

Ø  Se clarifica la responsabilidad de la Dirección y de los responsables del Gobierno de la Empresa en relación a los estados financieros auditados.

Las nuevas NIAS relacionadas con este nuevo Dictamen de Auditoría son:

·        NIA 700 (Revisada 2015) - Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros.

·        NIA 701 (Nueva 2015) - Comunicación de asuntos claves de la auditoría en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente.

·        NIA 705 (Revisada 2015) - Opinión modificada en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente.

·        NIA 706 (Revisada 2015) - Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras cuestiones en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente.

·        NIA 260 (revisada 2015) - Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad.

·        NIA 570 (Revisada 2015) - Empresa en marcha.

·        ISA 710 (Enmiendas menores 2015) - Información comparativa – Cifras correspondientes y estados financieros comparativos.

·        ISA 720 (Revisada 2015) - Las responsabilidades del auditor en relación con otra información contenida en documentos que contienen estados financieros auditados.

·        ISA 800 (Revisada enero de 2016) - Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros preparados de acuerdo con estructuras de propósito especial.

·        ISA 805 (Revisada enero de 2016) - Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros individuales y de elementos, cuentas o partidas específicos de un estado financiero.

·        ISA 810 (Revisada marzo de 2016) - Compromisos para reportar sobre estados financieros resumidos


NIA 710 - Otra información incluida en los EFs y NIA 720 - Información comparativa.

 

La NIA 710 establece normas y proporciona los lineamientos sobre las responsabilidades del auditor respecto de la información comparativa de periodos anteriores.

El auditor deberá determinar si los comparativos cumplen, en todos los aspectos de importancia relativa, con el marco de referencia para información financiera relevante a los Estados Financieros que están siendo auditados.

 

Esta NIA incluye los siguientes temas:

·         Cifras correspondientes y Estados Financieros Comparativos.

 

La NIA 720 establece normas y proporciona lineamientos sobre las consideraciones del auditor de otra información, sobre la que el auditor no tiene obligación de dictaminar, en documentos que contienen Estados Financieros auditados. Esta NIA aplica cuando esta implicando un informe anual, sin embargo, puede también aplicara a otros documentos, como los usados en ofertas de valores.

Esta NIA  incluye los siguientes temas:

1)      Acceso a otra información.

2)      Consideración de otra información.

3)      Inconsistencias de importancia relativa.

4)      Representaciones erróneas importantes de hechos.

5)      Disponibilidad de otra información después de la fecha del dictamen del auditor.

6)      Es decir, el auditor deberá leer la otra información para identificar las inconsistencias de importancia relativa con los Estados Financieros auditados.

 






































    



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